¿Procesos burocráticos para trabajar para una empresa extranjera?
Un lector y miembro de la comunidad me pregunta sobre los detalles burocráticos que se deben hacer en México para trabajar de manera remota para una empresa extranjera.
El correo completo:
Hola Oscar
Aquí te dejo mis preguntas
¿Qué procesos burocráticos tengo que hacer del lado de México para cerrar una negociación con un trabajo remoto de Estados Unidos u otro país? (Qué tengo que hacer en el SAT, necesito un abogado laborar, un contador, cómo le digo al cliente qué tiene que hacer él/ella de su lado y yo de mi lado para facilitar la negociación y cerrar el contrato. No dar la impresión que por ser trabajo remoto y de otro país tendrán que hacer un montón de trámites para contratarme).
¿Dejo completamente la elaboración del contrato al cliente o empresa y ya sólo la revisión de mi lado o presento you un borrador del contrato?
¿Qué debo definir en el contrato además de el pago por hora y las horas a trabajar por semana/mes?
Mi respuesta:
Me limitaré a contestar desde mi experiencia, y te sugiero que sí te acerques a un contador para recibir asesoría profesional con respecto a impuestos y cuestiones legales. Aclarando que mis respuestas a continuación no constituyen un consejo legal, vamos a comenzar por la premisa de esta pregunta.
Sí hay alguna serie de pasos que deberías tener en cuenta de tu lado para poder firmar un contrato con alguna empresa remota. Pero tu primer pregunta asume que la empresa para la que estás trabajando no está preparada para tener empleados remotos.
Tal como te compartí durante el webinar, te aconsejo que evites a toda costa ser la primera persona que trabajará de manera remota en un equipo. El trabajo remoto, por contradictorio que parezca, sí requiere que la organización esté 100% comprometida con el objetivo de hacer que estar relación laboral sea fructífera. Y el hecho de que alguna organización no sepa qué es lo necesario para poder contratar a alguien en el extranjero, solamente es un augurio de problemas operativos. Evita esta situación.
Con respecto a tu segunda pregunta, que también trae chanfle: la respuesta depende de la relación que busques/quieras establecer con la empresa extranjera. Si serás empleado remoto, lo más seguro es que ellos ya lleguen con un contrato hecho con sus términos y condiciones. ¿Estás buscando tener una relación limitada con ellos, como prestamista de servicios o consultoría? Entonces sí puedes crear tu propio contrato de acuerdo a tus términos y condiciones.
Por último, toma en cuenta hay un conjunto pre-establecido de cláusulas que deba de incluir un contrato. Pero en mi experiencias te puedo decir que mientras menos espacio a interpretaciones quede, mejor. Esto es, no asumas que cualquier cosa queda “suficientemente entendible” u obvia dentro del contrato. Si algo no queda claro y por escrito, con lenguaje simple, es muy probable que algún lado más abusado que el otro pueda usar eso para invalidar el contrato. O peor, comprometerte con más de lo que tú tienes previsto.
Envía tu pregunta por correo electrónico a pregunta@swanros.com. Te responderé en privado, y probablemente publique esa misma respuesta en esta página.